El 10 de diciembre de 2005, personal de seguridad de Café del Mar impidió que una pareja de inspectores del Indecopi de rasgos mestizos, que se hicieron pasar por consumidores, acceda a sus instalaciones argumentando que estos no contaban con un «carné de socios«.
Sin embargo, a otra pareja de inspectores de rasgos caucásicos o de raza blanca, sí se les permitió ingresar a pesar de que tampoco contaban con el supuesto «carné de socios«; incluso, en ningún momento se les solicitó dicho documento.
Durante el procedimiento no se constató la existencia de alguna razón objetiva que justifique la diferenciación de clientes para permitir o denegar su ingreso al establecimiento, por el contrario los hechos verificados reflejan la existencia de tratos discriminatorios por no permitir el acceso a un determinado segmento de la población por razones meramente subjetivas e injustificadas.
Ello constituye una infracción al derecho de no ser discriminado, contemplado por la Constitución y por la Ley de Protección al Consumidor.
Por dichos motivos, la Comisión de Protección al Consumidor sancionó a Café del Mar con una multa de S/.125,800. Aunque, la decisión se encuentra dentro del plazo para ser apelada por la empresa denunciada ante el Tribunal del Indecopi.
La discriminación es una infracción a la Ley de Protección al Consumidor y una violación a los derechos consagrados en la Constitución Política del Perú, por lo tanto Indecopi mantendrá un permanente monitoreo y fiscalización de los locales abiertos al público, con la finalidad de detectar estas prácticas que atenten contra los derechos de los consumidores.
Por ello se invoca a los directores de los locales a garantizar el respeto a los derechos de los consumidores.
Que bien, ¿cuándo caeran todos los demás?
Ese tipo de locales no deberían existir, si alguno no quiere que una persona no ingrese a un lugar, pues que haga una reunión en su casa e invite a los que quiera.
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